10.Al parecer, el Grupo de Trabajo de la CNUDMI quiso que el tribunal examinara las normas de derecho internacional privado del Estado en que estuviera situado, y que si esas normas designaban el derecho sustantivo de cualquier Estado Parte en la Convención sobre Contratación Electrónica, se aplicase ese derecho (véase Nota, párrafo 32), con independencia de que el Estado del tribunal que conociera no fuera parte en la Convención sobre Contratación Electrónica.
贸易法委员会工作小组似乎想让该法院查看其所在国的国际私法规则,如果这些规则指向《电子订约公约》任何缔约国的实体法,则后者将予适用(见说明,第32段),反而接受申请的法院的所在国并非《电子订约公约》的缔约国这一事实忽略
计。