En el artículo 1 de la Convención contra la Tortura se define la tortura como todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves (ya sean físicos o mentales) cuando sean infligidos por un funcionario público, u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o cono su consentimiento o aquiescencia, con un fin (por ejemplo, obtener de ella una confesión o información, castigarla, intimidarla o discriminarla).
《禁止酷刑公约》第1条将酷刑界定为:为具体目(即取得供词、获取情报、惩罚、污辱、歧视),有公职人员参与(直接其唆使、意默,以官方身份行使职权其他人)蓄意使某人遭受(肉体精神上)剧烈疼痛痛苦行为。