2.El anuncio de la adjudicación del contrato deberá asimismo ser dado a los concursantes simultáneamente, y sin demora, por algún servicio electrónico o por telefax.
3.La Corte estimó que el vendedor había cumplido con su obligación de comunicar a su debido tiempo y en la debida forma al comprador su intención de vender los artículos, por telefax y por teléfono.
4.Por último, la Corte declaró que el hecho de que el mensaje de telefax, aunque se hubiera enviado al número correcto, pudiera haber dejado de llegar actualmente al poder del comprador, no privaba al vendedor de su derecho a basarse en la comunicación efectuada con arreglo al artículo 27 de la CIM.
5.Después de pedir al comprador por telefax y por teléfono que se hiciera cargo de ellos, el vendedor vendió ropa a otros compradores a un precio muy inferior y demandó al primer comprador, a fin de recuperar la diferencia entre el precio convenido originalmente y el precio que había recibido realmente el vendedor.