1.Una importante consecuencia del caso de las Vitaminas se produjo en los Estados Unidos, y aclaró el alcance internacional de la legislación antimonopolio de ese país.
2.El sector privado consideraba que la aplicación de los derechos de propiedad intelectual y la legislación antitrust por parte del Gobierno de Egipto harían mucho más interesante el entorno de inversiones en el país.
3.El Tribunal Supremo rechazó el argumento de los demandantes de que autorizar a partes extranjeras a promover demandas ante los tribunales estadounidenses por daños sufridos en el extranjero por conductas anticompetitivas tendría escasas consecuencias prácticas en la observancia de la legislación antimonopolio extranjera porque muchos países habían adoptado leyes antimonopolio similares a las de los Estados Unidos.
4.Los Gobiernos de Alemania, Bélgica, el Canadá, Irlanda, el Japón, los Países Bajos y el Reino Unido también presentaron comunicaciones en que instaban a que no se permitiera a sus ciudadanos omitir los sistemas de recursos de esos países en materia de daños causados por conductas antimonopolio, con lo que se alteraba el equilibrio de los intereses que sus respectivas legislaciones antimonopolio trataban de conciliar y se socavaban sus propios programas para hacer cumplir la legislación antimonopolio y de amnistía.
5.Por consiguiente, el caso fue remitido a un tribunal de apelación para que examinara la cuestión del argumento alternativo de los demandantes extranjeros de que los efectos en el extranjero y en el país del cártel estaban vinculados porque los primeros no habrían existido "de no ser por" los efectos adversos en el país, es decir que el aumento de los precios en los Estados Unidos había hecho aumentar los precios en todo el mundo, a fin de evitar el arbitraje del resto del mundo a los Estados Unidos.