3.El matrimonio se anulará si, al contraerlo, uno de los cónyuges no estaba en plena posesión de sus facultades, por enfermedad o discapacidad mental o por encontrarse en una situación que le impedía comprender la significación de sus actos o controlarlos; análogamente, un cónyuge puede impugnar la validez del matrimonio si lo ha contraído bajo amenazas punibles por la ley.