Para que una mujer casada pueda someterse a un tratamiento de inseminación artificial también se requiere el consentimiento por escrito del marido, que debe ser consecuente con el consentimiento de la mujer.
En virtud de la Ley sobre inseminación artificial y la protección del embrión, sólo las mujeres adultas menores de 50 años con capacidad jurídica activa pueden, a su pedido, someterse a un tratamiento de inseminación artificial.