El vendedor vendió microprocesadores para ordenadores al comprador, que pagó el precio y revendió los productos en su embalaje original sin examinarlos.
Debido a un error de construcción, el refrigerador sólo se pudo hacer funcionar provisionalmente y más adelante tuvo que ser completamente reconstruido por el comprador.
El Tribunal Supremo examinó si las condiciones generales contractuales del adquisidor podían integrarse válidamente en el contrato y, en caso negativo, qué jurisdicción se aplicaría.
Una de ellas fue que la titularidad fuera traspasada al comprador, que estaría entonces en condiciones de otorgar una garantía sobre las mercancías a un tercero.
Además, la Corte estimaba que las condiciones generales contractuales del comprador no eran operativas porque no estaban redactadas en el idioma de las negociaciones o del contrato.
El adquisidor, fabricante de bloques de estirofoam radicado en Columbia Británica, adquirió más de 800.000 dólares canadienses de equipo fabricado por la filial austríaca del vendedor alemán.