1.De acuerdo con la regla 13G revisada, el plan de evaluación del estado del buque es aplicable a todos los buques cisterna de casco único de 15 o más años de antigüedad.
2.El seminario técnico había examinado información sobre las pruebas realizadas por Alemania, la India, las Islas Marshall, Noruega y la Asociación Internacional de Propietarios Independientes de Buques Cisterna con el sistema de índices de emisión del dióxido de carbono.
3.En su resolución MSC.197(80), el CSM incorporó algunos elementos del plan en las directrices sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros (resolución A.744(18) de la Asamblea de la OMI, en su forma enmendada), y añadió una nueva sección que contiene directrices relativas al reconocimiento para la inspección de buques cisterna de doble casco.
4.En la resolución se reconoce el establecimiento de una derrota de dos direcciones, y se recomienda que los gobiernos reconozcan la necesidad de proteger eficazmente la región de la Gran Barrera de Coral y el Estrecho de Torres, y que comuniquen a los buques que enarbolen su pabellón que deben proceder de conformidad con el sistema de practicaje de Australia en el caso de los buques mercantes de 70 o más metros de eslora y de los buques cisterna de cualquier tamaño que transporten petróleo, productos químicos o gas.