No puede pues alegarse discriminación cuando la distinción es objetiva y razonable, ya que los convenios a comparar ni son escindibles en partes determinadas arbitrariamente, ni son comparables entre sí, pues son distintos los Estados firmantes y, en consecuencia, los supuestos de aplicación.
若是这种区分客观而合理,就不会提出歧视指控,因为也许不可以把用于比较
定分割为任意组成部分,各部分之间是无法互相比较
,因为签署
是不同
家,所采用
基准也就各异。